La certificación OEA es un programa que busca fortalecer la seguridad de la cadena logística del comercio exterior a través de la implementación de estándares mínimos en materia de seguridad internacionalmente reconocidos en coordinación con el sector privado y que otorga beneficios a las empresas participantes.
Para el caso del recinto fiscalizado estratégico, se toman en cuenta la totalidad de los 11 estándares y sus subestándares aplicables establecidos en el anexo 1 de las Reglas Generales de Comercio Exterior, los cuales son:
- Planeación de la seguridad en la cadena de suministros: La empresa debe elaborar políticas y procedimientos documentados para llevar a cabo un análisis que le permita la identificación de riesgos y debilidades en su cadena de suministros con el objetivo de implementar estrategias que ayuden a mitigar el riesgo en las operaciones de la organización.
- Seguridad física: El recinto fiscalizado estratégico debe contar con mecanismos establecidos y procesos documentados para impedir, detectar o disuadir la entrada de personal no autorizado en las instalaciones. Todas las áreas sensibles de la empresa, deben tener barreras físicas, elementos de control y disuasión contra el acceso no autorizado.
- Controles de acceso físico: Los controles de acceso físico, son mecanismos o procedimientos que previenen e impiden la entrada no autorizada a las instalaciones, mantienen control del ingreso de los empleados y visitantes y protegen los bienes de la empresa.
- Socios comerciales: La empresa debe contar con procedimientos escritos y verificables para la selección y contratación de socios comerciales.
- Seguridad de procesos: Deben establecerse medidas de control para garantizar la integridad y seguridad de la mercancía de los procesos relacionados con el manejo, despacho aduanero y almacenaje de carga. Estos procedimientos deben documentarse y asegurarse de mantener la integridad desde el punto de recepción hasta su entrega.
- Gestión aduanera: La empresa debe contar con procedimientos documentados en los que se establezcan políticas internas y de operación, así como de los controles necesarios para el debido cumplimiento de las obligaciones aduaneras.
- Seguridad de los medios de transporte de carga: El recinto fiscalizado estratégico debe coadyuvar con los usuarios y autoridades competentes a mantener la seguridad de los medios de transporte, para protegerlos de la introducción de personas, materiales ilícitos, prohibidos o no autorizados. Por lo anterior, es necesario tener procedimientos documentados para revisar, sellar y mantener la integridad de los mismos.
- Seguridad del personal: La empresa debe contar con procedimientos documentados para el registro y evaluación de personas que desean obtener un empleo dentro del recinto fiscalizado estableciendo métodos para realizar verificaciones periódicas de los empleados actuales.
- Seguridad de la información y documentación: Deben existir medidas de prevención para mantener la confidencialidad e integridad de la información y documentación relativa a las operaciones de comercio exterior, incluyendo aquellas utilizadas para el intercambio de información con otros participantes de la cadena de suministros. Asimismo, deben existir políticas que incluyan las medidas contra su mal uso.
- Capacitación en seguridad y concientización: Debe existir un programa de concientización diseñado y actualizado por el personal de la empresa para reconocer y crear conciencia sobre las amenazas en sus procesos logísticos, contrabando, contaminación de embarques, fuga de información, etc. Los empleados administrativos y operativos tienen que conocer los procedimientos establecidos de la compañía para considerar una situación y cómo denunciarla. Se debe brindar capacitación adicional a los empleados que por sus funciones se encuentran en contacto directo con las mercancías y/o los medios de transporte, así como a los empleados que se encuentren en áreas críticas y/o sensibles determinadas bajo su análisis de riesgo.
- Manejo e investigación de incidentes: Deben existir procedimientos documentados para reportar e investigar incidentes en la cadena de suministros y las acciones a tomar para evitar su recurrencia.
Ahora bien, para poder certificarse como Operador Económico Autorizado se debe cumplir con los requisitos que estipula la ley, de entre los que se encuentran, los siguientes:
- Para el caso de personas morales deberán estar constituidas conforme a la legislación mexicana y estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y aduaneras; tener personal registrado ante el IMSS; no encontrarse en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69-B del Código Fiscal de la Federación, contar con certificados de sellos digitales vigentes; tener registrados ante el SAT todos los domicilios en los que realicen actividades vinculadas con el Programa de maquila o exportación o utilicen para el desarrollo de sus actividades económicas y de comercio exterior; no encontrarse suspendida en el Padrón de Importadores o en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos o Padrón de Exportadores Sectorial; contar con clientes y proveedores en el extranjero; contar con el legal uso o goce del inmueble o inmuebles en donde se llevan a cabo los procesos productivos o la prestación de servicios según se trate; llevar el control de inventarios de conformidad con el artículo 59, fracción I de la Ley Aduanera; que sus socios o accionistas e integrantes de la administración, no se encuentren vinculados con alguna empresa a la que se hubiere cancelado su Registro en el Esquema de Certificación de Empresas y haber realizado el pago del derecho correspondiente.
Es importante señalar, que la certificación OEA, tiene los siguientes beneficios: disminución del 2% en el reconocimiento aduanero; importación de mercancías identificables individualmente sin anotar en pedimento número de serie, número de parte, marca, entre otras; rectificación de pedimentos dentro de los 3 primeros meses sin autorización; despacho de mercancías por carriles exprés cuando acrediten registró ante FAST; despacho o retorno de mercancías transportadas por pasajeros en vuelo comercial sin ingreso a recinto fiscalizado; transferencia de mercancías entre empresas IMMEX aplicando la tasa correspondiente a PROSEC; doble del plazo oficial para transito interno a la importación y exportación de mercancías; plazo de 6 meses para y prorrogable a otros 6 meses para la exportación temporal de unas mercancías que formen parte de un equipo que requiera reparación, cambio de componentes defectuosos; consolidación de carga de mercancías para importación o exportación de un mismo contribuyente o varios en un solo vehículo, tramitados hasta por 3 agentes aduanales, apoderados aduanales o representantes legales, cuando los participantes cuenten con las respectivas certificaciones como “Socio Comercial Certificado” de OEA.
Es importante denotar que, aunque no existen beneficios o facilidades adicionales para obtención de la certificación en Operador Económico Autorizado bajo el esquema del RFE, este ultimó cuenta con algunos beneficios mayores de los que cuenta OEA, por lo cual, los beneficios entre ambos se complementan y potencializan, dando paso a facilidades muy interesantes para las empresas que optan por contar con los dos esquemas.
Puede decirse que el Recinto Fiscalizado Estratégico, ha tenido como finalidad promover al país de modelos que atraigan la inversión, con la finalidad de incentivar la importación y exportación con reducción de tiempos y costos logísticos, manejando las importaciones y exportaciones en el menor plazo posible incrementando la seguridad de la mercancía y reduciendo la manipulación de la misma, así como atraer la inversión extranjera.
Con lo anterior, puede advertirse que la finalidad con la que fue creado el Recinto Fiscalizado Estratégico, se ve cumplida, al implementarse a nivel nacional la introducción por tiempo limitado de mercancías extranjeras, nacionales o nacionalizadas, para que ser sujeta de manejo, almacenaje, custodia, exhibición, venta, distribución, elaboración, transformación, o reparación, para con ello facilitar la operación Aduanera referente a no llevar la misma únicamente en territorio Aduanero, sino en cualquier lugar del país.
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