Solicitudes de IMMEX 2022
El pasado 9 de mayo de 2022, a través del Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Economía público él “ACUERDO POR EL QUE LA SECRETARÍA DE ECONOMÍA EMITE REGLAS Y CRITERIOS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE COMERCIO EXTERIOR”, resulta importante mencionar que en esta publicación se realizaron actualizaciones al programa IMMEX entre algunos otros, como el automatizar muchos trámites a través de la Ventanilla Única, la simplificación de avisos, permisos, una compilación de las fracciones arancelarias sujetas al cumplimiento de NOM’s , y la más representativa a nuestro sentir, la posibilidad de que la Secretaría de Economía realice visitas físicas a los establecimientos que apliquen para obtener los beneficios del IMMEX, eliminando así, la obligatoriedad de presentar una fe de hechos.
PRINCIPALES MODIFICACIONES
Resulta notable el compartir que muchos de los cambios que se publicaron ya formaban parte de las adecuaciones y modificaciones, e incluso de los criterios ya existentes.
De entre todos ellos, sobresalen los siguientes:
Regla 3.1.1. Fe de Hechos
Para las solicitudes en las cuales se considere necesario el contar con una fe de hechos bajo los requisitos ya conocidos, se brinda la oportunidad de que las empresas puedan omitir la fe de hechos, siempre y cuando se encuentren dentro de las Oficinas de Representación habilitadas y las entidades u organismos de la Administración Pública federal, estatal o municipal, así como la circunscripción territorial en que podrán realizarlas, ante lo cual, se puede solicitar a través de un escrito libre la visita de verificación de la DGFCCE; y/o de los servidores públicos facultados para ello.
Otra de las modificaciones más relevantes dentro de la regla, es que la Secretaría de Economía emitió un listado a través de la página de SNICE de los Corredores Públicos habilitados para la fe de hechos.
Regla 3.2.18 – Actividades de Servicios y actualización de archivo electrónico para Empresas Certificadas. – Nueva Regla
En la nueva regla se establece que las actividades que se realicen bajo la autorización de servicios, estas deberán estar relacionadas con las actividades de manufactura dadas de alta en el programa IMMEX.
Regla 3.2.18 – Archivo Electrónico
Se establece la obligación de mantener actualizado el archivo electrónico de la empresa certificada, lo anterior a través de un escrito libre en términos de la regla 1.3.5, y al correo electrónico; dgce.tramitesc@economia.gob.mx
Regla 3.2.20 – Solicitud Programa IMMEX Nuevo (todas las modalidades).
Adicionalmente a los requisitos que ya aparecían, se adicionó la obligatoriedad de que el sector productivo indicado deberá estar dentro de las actividades permitidas por el Decreto IMMEX y coincidir con el objeto social de la empresa, así como el capturar el folio mercantil de la empresa, y el tema de señalar proveedores y clientes que antes era obligatoria, se vuelve opcional.
Regla 3.2.23 – Solicitud Programa IMMEX Nuevo. Periodo Preoperativo.
Para las empresas que no cuenten con maquinaria y equipo previo a la solicitud se les otorga ahora una autorización en periodo preoperativo que consta de un periodo de 3 meses, con la posibilidad de ser prorrogado por un periodo similar, con el firme propósito de que la empresa concluya con la importación e instalación de la maquinaria y equipo que sea necesario para su operación amparada en el programa. Una vez concluido el periodo, la Secretaría de Economía, mediante un oficio, brindará la autorización para importar la mercancía amparada en el programa.
Regla 3.2.24. – Altas y bajas de domicilio.
Con respecto al tema de las altas de domicilio, concretamente se brinda una gran facilidad, ya que no será necesario presentar una fe de hechos, simplemente se deberán de cubrir con los requisitos adicionales de la regla; un escrito libre en términos de la regla 1.3.5, dirigido a la DGFCCE, así como los contratos que amparen el legal uso o goce del inmueble, y para las empresas que cuenten ya con equipo o maquinaria solamente será necesario que la empresa acredite la legal posesión de los mismos.
Adicionalmente para las empresas que ya sean autorizadas en IMMEX industrial y requieran dar de alta una bodega o almacenes contratados por terceros, se le elimina la obligatoriedad de presentar una fe de hechos, con lo que para acreditar el cumplimiento solo será necesario el presentar un contrato de prestación de servicios de almacenaje que cumpla con los siguientes requisitos; El domicilio donde se prestará el servicio, deberá de coincidir con el dado de alta como bodega en la VUCEM, que además haya sido celebrado por un año, y le resten al menos 11 meses de vigencia, así como tener bien delimitada el área donde se almacenará la mercancía.
Regla 3.2.31 – Registro de Submanufactureras.
Se adiciona la prohibición a registrar como submanufacturera a empresas IMMEX con programa cancelado por alguna de las causales contenidas en el antepenúltimo párrafo del artículo 27, del Decreto IMMEX, en los cinco años anteriores previos a la presentación de la solicitud.
Regla 3.3.1 – Disposiciones Generales
Para la solicitud de ampliación o ampliación subsecuente de IMMEX para importar temporalmente mercancías sensibles, será necesario que se presente a través de ventanilla única. Solicitudes
Regla 3.3.6 – Ampliación para importar mercancías sensibles.
Es también una de las modificaciones más relevantes, ya que simplifica el proceso para solicitar la ampliación para importar mercancías sensibles, siendo que se eliminó lo siguiente: Solicitudes
- Incluir el número de empleados directivos, contables y administrativos.
- La ratificación del reporte por un Contador Público Registrado.
Como se puede observar, los cambios realizados ponen mayor certidumbre en las solicitudes, aprobaciones y motivos de las negativas, para los expertos suponen un reto para modificar y adecuar la forma en la que realizan la solicitud, pero suponen un menor coste y una mayor facilidad para las empresas que soliciten el programa. Solicitudes
Solicitudes
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