1– Problemática.
En la exposición de motivos de la Ley Aduanera de 08 de septiembre de 2013, se incorporó, como medio de obtención para la patente de agente aduanal, que las personas físicas cumplieran con diversos requisitos legales, así como aquellos establecidos en la Convocatoria que para tal efecto emita la autoridad aduanera; eliminándose la figura del agente aduanal sustituto.
En ese sentido, se reguló en el artículo 159, segundo párrafo de la Ley Aduanera, que las personas físicas interesadas en obtener una patente de agente aduanal, deben cumplir con los requisitos señalados en la ley, así como en la Convocatoria correspondiente.
Por su parte, el artículo 212 del Reglamento de dicha Ley, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de abril de 2015, estableció la facultad reglada de las autoridades de emitir la convocatoria cuando menos cada dos años. Cabe indicar que, conforme al artículo primero transitorio, se estableció que dicha disposición normativa entraría en vigor dos meses después de su publicación, esto es, el 20 de junio de 2015.
No obstante, desde el año 2015, la Autoridad Aduanera no ha emitido convocatoria alguna con la finalidad de dar cumplimiento a los artículos citados y, en consecuencia, que los interesados puedan concursar para una patente de agente aduanal.
2.- Acciones y Estrategias Implementadas por Stratego
Nuestra área de Práctica Legal, con alta especialización en materia Fiscal, Aduanera y Constitucional, promovió diversos juicios de amparo, a fin de demandar la inconstitucionalidad de los actos omisivos de las Autoridades Aduaneras, al no emitir la Convocatoria para la obtención de una patente de agente. Lo anterior, al considerarse que estos actos omisivos afectan diversos derechos humanos protegidos a nivel Constitucional y por Tratados Internacionales de los que México es parte.
3.- Resultado.
Los juzgadores concedieron el Amparo y Protección de la Justicia Federal, para efecto de que las Autoridades Responsables, en el ámbito de sus respectivas competencias, emitan dentro del plazo de tres días a favor de los Quejosos una Convocatoria para obtener la patente de agente aduanal; ello al haberse demostrado las violaciones hechas valer y por tanto, al haberse obtenido una resolución FAVORABLE.
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