Impuestos especiales en México
Sin lugar a duda, el tema de los impuestos, cobra especial relevancia para todos los ciudadanos, ya que repercute directamente en nuestra economía, desde el asalariado al que le retienen el Impuesto Sobre la Renta y observa una disminución en su comprobante de nómina, hasta las grandes empresas que pagan ISR por sus utilidades.
En México además de existir el tan conocido Impuesto Sobre la Renta el cual se posiciona como el impuesto número uno a través del cual el estado se allega de recursos para hacer frente al gasto público, existen otros impuestos que impactan directamente al consumidor final, los cuales son conocidos como impuestos especiales y de los cuales todos contribuimos.
Impuestos especiales en el contexto internacional
Es importante hacer mención, que no solo en México existen los impuestos especiales, ya que en el marco internacional también existen, tal es el caso del curioso impuesto a las flatulencias de las vacas, esto derivado a que de acuerdo a la Organización de las Naciones Unidas, tanto las flatulencias como los eructos de las vacas producen una acumulación de gas metano, lo que contribuye al calentamiento global, por ende nació la propuesta de un impuesto sobre las emisiones generadas por estos animales con el fin de reducir el impacto ambiental que generan.
En virtud de lo anterior diversos ganaderos, principalmente del continente Europeo han optado por un plan alimentario que reduce la emisión de estos contaminantes al ambiente, en este contexto Nueva Zelanda con el propósito de reducir el efecto invernadero por las emisiones de las vacas contempla que para 2025 cobrar un impuesto por las flatulencias de las vacas.
Así mismo, España tiene impuestos especiales que gravan determinados productos o servicios, como es el caso del impuesto sobre la cerveza, impuesto sobre el vino y bebidas fermentadas, impuesto sobre hidrocarburos, impuesto de matriculación, impuesto sobre el carbón, entre otros.
Características de los impuestos especiales
Derivado a la globalización en temas fiscales, México también tiene impuestos especiales, principalmente tienen las siguientes características, que son indirectos, específicos y algunos tienen por objeto desincentivar el consumo de productos nocivos para la salud o productos que dañan al medio ambiente.
Para saber el porqué dicen que los impuestos especiales son impuestos indirectos, lo que es necesario partir del hecho que en México los impuestos se clasifican en directos e indirectos.
Los impuestos directos, son aquellos tributos que se determinan directamente sobre la utilidad de un contribuyente en específico, donde de conformidad a su régimen tributario y su capacidad tributaria se calcula el impuesto, tal es el caso del Impuesto Sobre la Renta que de conformidad a cada contribuyente dependiendo de su régimen fiscal es decir, si es persona física o moral, si es de un régimen preferente que tenga facilidades administrativas o estímulos fiscales, se determina el tributo que deberá enterar a la Autoridad, ya que en este caso no es el mismo ISR que pagara un gran contribuyente al que está obligado a enterar una persona física que se dedica a la Agricultura, así mismo a pesar de que los asalariados deben de contribuir al gasto público, el ISR que se les retendrá por parte de sus empleadores dependerá de las características específicas de cada uno de ellos, como son nivel de puesto, prestaciones, zona económica donde labora entre otros.
Ahora bien, una vez conociendo cuales son los impuestos directos, nos abocaremos a conocer que son los impuestos indirectos, ya que los impuestos especiales son objeto de nuestro estudio, tienen la peculiaridad de que no influye en ellos la capacidad económica de quien lo paga, ya que es el mismo importe que pagará un contribuyente con gran capacidad contributiva a uno de menor capacidad contributiva, no influyendo en el poder adquisitivo o régimen u obligación del contribuyente, puesto que, estos impuestos gravan el bien, el servicio o el acto en particular, es decir, por el hecho de adquirir un bien en específico, obtener un servicios o un acto en particular, pagará el mismo importe un gran contribuyente que un asalariado o inclusive una persona física que no tenga obligaciones fiscales, así mismo, al ser trasladados a varios contribuyentes de manera fraccionada los consumidores los pagan sin objetar, lo cual facilita a la Autoridad fiscal la recaudación del tributo.
Otra característica de los citados impuestos especiales, es que principalmente buscan disuadir o erradicar el consumo de los denominados productos chatarras que contienen una alta densidad calórica y productos nocivos para la salud tal es el caso del alcohol y el tabaco, así como aquellos combustibles fósiles que dañan el medio ambiente.
En virtud de lo anteriormente expuesto, se dice que los impuestos especiales en México son aquellas imposiciones tributarias por parte de la Autoridad Hacendarias que se encuentran dentro de los impuestos indirectos, es decir que se traslada y que gravan sólo ciertos actos o actividades específicas relacionadas con la producción a determinados bienes o la prestación de ciertos servicios de una situación económica específica con tasas o cuotas diferentes y tienen la característica de ser extrafiscales, es decir, tienen por objetivo reducir o erradicar el consumo de ciertos productos, bienes o servicios que representen alguna amenaza para la salud o el medio ambiente.
En México los impuestos indirectos y especiales que se trasladan al consumidor final son el Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS) e Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN).
Es importante hacer mención que los tres impuestos IVA, IEPS e ISAN tienen el carácter de contribuciones federales y el gobierno federal es el encargado de recaudar dichos impuestos a través de la Autoridad Hacendaria.
Impuesto al Valor Agregado (IVA)
Ahora bien, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) se considera un impuesto especial derivado a que se encuentra dentro de los impuestos indirectos, ya que se traslada, tal como se indica en el artículo 1 antepenúltimo párrafo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, por lo que se considera que el traslado es donde el contribuyente transfiere la carga tributaria a aquellas personas que adquieran los bienes, los usen o gocen temporalmente, o reciban los servicios de conformidad a los montos o tasas establecidos en la Ley del IVA, las cuales pueden ser a la tasa general del 16%, 0%, 8% para región fronteriza, exento o no objeto, dependiendo de las características específicas del bien enajenado o el servicio prestado en donde no influyen las características del consumidor.
En este sentido, en la adquisición de una libreta vendida por una tienda departamental pagará el mismo importe por su adquisición tanto un estudiante, una ama de casa, como un gran contribuyente, ya que el IVA grava sobre el bien sin importar las condiciones fiscales y contributivas del adquirente.
Así mismo, vemos que de acuerdo a las características del producto se fijará la tasa, por ejemplo, existen productos de primera necesidad donde con el objetivo de que sea más fácil su obtención ellos están gravados a la tasa del 0%, tal es el caso de las toallas sanitarias y el agua y por la otra parte tenemos productos que están gravados a la tasa general del 16% tal es el caso de bebidas alcohólicas las cuales no se consideran de primera necesidad.
Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS)
El Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios (IEPS), es por excelencia el mayor ejemplo de un impuesto especial, ya que tiene la peculiaridad de gravar la producción o consumo de ciertos bienes y servicios que representan algún peligro para la salud o el medio ambiente, tan es así que se le conoce coloquialmente como el impuesto a la comida chatarra y de los vicios.
Este impuesto grava los actos o actividades por enajenación o importación de bebidas alcohólicas, alcohol, alcohol desnaturalizado, mieles incristalizables, tabacos labrados y combustibles automotrices.
Por otra parte, el traslado de IEPS se encuentra estipulado en el artículo 4 de la Ley del IEPS, el cual nos indica en su antepenúltimo párrafo que el traslado de dicho impuesto hace referencia al cobro o cargo del impuesto establecido en la Ley del IEPS que el sujeto pasivo deberá realizar al consumidor.
Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN)
El Impuesto Sobre Automóviles Nuevos (ISAN), es un impuesto indirecto, el cual grava la importación y enajenación de automóviles nuevos, es importante mencionar que de conformidad a la Ley del ISAN se considera automóvil nuevo solo aquel que se enajena por primera vez al consumidor.
Así mismo, el traslado del ISAN de conformidad al artículo 1 de la Ley del ISAN, el impuesto aplica para la importación y enajenación de automóviles nuevos, donde de acuerdo al artículo 2 de la citada Ley del ISAN este impuesto será cobrado por el contribuyente al consumidor aplicando las tasas o tarifas establecidas en el artículo 3 de la multicitada Ley del ISAN, donde intervendrán las características específicas del automóvil, como son el precio, el número de pasajeros y la capacidad de carga.
Como se puede apreciar, la relación que guardan estos tres impuestos es la de gravar algún bien o servicio en específico observando las características especiales de cada bien o servicios y ser trasladado al consumidor, y en el caso de IEPS desalentando el consumo de los denominados productos chatarra y los productos nocivos para la salud como el cigarro y el alcohol, así mismo buscan disminuir el uso de los combustibles fósiles para reducir el daño al ecosistema.
Es de mencionar que si bien es cierto todos los impuestos tienen fines recaudatorios, hay algunos impuestos extrafiscales que tienen por objetivo reducir o erradicar el consumo de ciertos productos, bienes o servicios que representen alguna amenaza para la salud o el medio ambiente.
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