El 15 de octubre de 2024, en la versión vespertina, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la CONVOCATORIA Pública para integrar los listados de las personas candidatas que participarán en la elección extraordinaria de las personas juzgadoras que ocuparán los cargos de Ministras y Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Magistradas y Magistrados de las Salas Superior y Regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, Magistradas y Magistrados de Circuito y Juezas y Jueces de Distrito del Poder Judicial de la Federación.

La convocatoria se integra de ocho etapas, denominadas de la siguiente forma:

  1. BASE PRIMERA. DE LOS CARGOS A ELEGIR.
  2. BASE SEGUNDA. DE LOS REQUISITOS.
  3. BASE TERCERA. DE LA DOCUMENTACIÓN PARA ACREDITAR LOS REQUISITOS.
  4. BASE CUARTA. DE LA INCORPORACIÓN A LA ELECCIÓN DE PERSONAS JUZGADORAS EN FUNCIONES.
  5. BASE QUINTA. ETAPAS DEL REGISTRO DE CANDIDATURAS.
  6. BASE SEXTA. DEL PROCEDIMIENTO Y ETAPAS PARA LA ELECCIÓN DE JUZGADORAS Y JUZGADORES.
  7. BASE SÉPTIMA. DE LA TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
  8. BASE OCTAVA. CASOS NO PREVISTOS

En la base primera, se señala que lo cargos a elegir son los siguientes: cinco Ministras y cuatro Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN); tres Magistradas y dos Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ); una Magistrada y un Magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF); cuatrocientos sesenta y cuatro cargos para Magistradas y Magistrados de Tribunales Colegiados de Circuito (TCC) y Tribunales Colegiados de Apelación (TCA) y trescientos ochenta y seis cargos a elegir para Jueces y Juezas de Distrito (JD).

De igual forma, se indica que las Ministras y los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como los Magistrados y Magistradas del Tribunal de Disciplina Judicial y del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, serán electos a nivel nacional.

Por cuanto hace a las Magistrados y Magistradas de las cinco Salas Regionales del TEPJF con residencia en Guadalajara, Monterrey, Xalapa, Ciudad de México y Toluca, serán electos por región en su correspondiente circunscripción plurinominal y respecto a los Magistrados y Magistradas de los Tribunales Colegiados de Circuito y Colegiados de Apelación y los Jueces y Juezas de Distrito, serán electos por circuito judicial.

En la segunda y tercera etapa, se establece que para ser Ministras y Ministros de la SCJN, Magistradas y Magistrados del TDJ, del TEPJF, de los TCC, TCA, así como Juezas o Jueces de Distrito se deberá ser ciudadano mexicano por nacimiento; tener título profesional de licenciado en derecho;  práctica profesional de cuando menos cinco años en el ejercicio de la actividad jurídica para los integrantes de la SCJN, TDJ y TEPJF y de tres años para los TCC, TCA y Juzgados de Distrito; gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de prisión; haber residido en el país durante los dos años anteriores al día de la publicación de la convocatoria; no haber sido Secretario de Estado, Fiscal General de la República, senador, diputado federal, ni titular del poder ejecutivo de alguna entidad federativa, durante el año previo al día de la publicación de la convocatoria.

La base cuarta, señala que las personas juzgadoras que actualmente se encuentren en funciones serán incorporadas a los listados de candidaturas que el Senado de la República remita al INE al mismo cargo que tengan, excepto cuando manifiesten la declinación de su candidatura ante el Senado de la República.

Las bases quinta y sexta, señalan que las etapas del registro de candidaturas consistirán en la integración e instalación de los Comités de Evaluación de cada Poder Constitucional; la recepción documental para el registro; la revisión y verificación de requisitos; la integración de los expedientes y la remisión de estos a los comités de evaluación; la revisión del cumplimiento de requisitos constitucionales y legales; la evaluación para el desempeño del cargo; la selección de las personas mejor evaluadas, así como el proceso de insaculación, la generación de los listados finales; su remisión al INE y la publicación de resultados.

En lo que respecta a la etapa de convocatoria y postulación de candidaturas de las juzgadoras y juzgadores del Poder Judicial de la Federación, las autoridades competentes observarán, por única ocasión, los plazos siguientes:

  1. El Senado de la República emitirá la convocatoria general dirigida a los Poderes de la Unión para integrar el listado de candidaturas, a más tardar el 16 de octubre del 2024; cuestión que ya se realizó.
  2. Los Poderes de la Unión instalarán Comités de Evaluación, a más tardar el 31 de octubre de 2024;
  3. Los Comités de Evaluación publicarán las convocatorias para participar en el proceso de evaluación y selección de postulaciones, a más tardar el 4 de noviembre de 2024;
  4. El plazo para que las personas interesadas se inscriban en las convocatorias emitidas por los Comités de Evaluación comprenderá del 5 de noviembre al 24 de noviembre de 2024;
  5. Los Comités de Evaluación verificarán que las personas aspirantes que hayan concurrido a la convocatoria reúnan los requisitos constitucionales de elegibilidad a través de la documentación que presenten, a más tardar el 14 de diciembre de 2024 y publicarán el listado de las personas que hayan cumplido con los requisitos de elegibilidad el 15 de diciembre de 2024;
  6. Los Comités de Evaluación calificarán la idoneidad de las personas elegibles y publicarán el listado a más tardar el 31 de enero de 2025;
  7. Los Comités depurarán dicho listado mediante insaculación pública para ajustarlo al número de postulaciones para cada cargo por cada Poder atendiendo a su especialidad por materia y observando la paridad de género; publicarán los resultados a más tardar el 4 de febrero de 2025 al Poder que corresponda para su aprobación.
  8. Los listados aprobados serán remitidos al Senado de la República, a más tardar el 8 de febrero de 2025, y
  9. El Senado de la República integrará los listados y expedientes de las personas postuladas por cada Poder de la Unión y los remitirá al Instituto Nacional Electoral a más tardar el 12 de febrero de 2025, a efecto de que organice el proceso electivo.

Por último, se indica que la vigencia de la Convocatoria inicia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Fuente: Diario Oficial de la Federación.

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5741185&fecha=15/10/2024#gsc.tab=0

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