Delitos graves: Contrabando y cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales.

El pasado 14 de noviembre de 2024, El Pleno de la Cámara de Diputados avaló en lo general y en lo particular, el dictamen por el que se reforma el artículo 19 de la Constitución, con el objetivo de ampliar el catálogo de los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.

El decreto que se aprobó con 355 votos a favor y 108 en contra, en un sólo acto, incorpora la facultad al juez para ordenar la prisión preventiva oficiosa como medida cautelar en los casos de extorsión, actividades ilícitas relacionadas con el fentanilo y otras drogas sintéticas, así como en los delitos graves el contrabando y cualquier actividad relacionada con falsos comprobantes fiscales.

Además, se señala que los órganos del Estado deberán atenerse a su literalidad, quedando prohibida cualquier interpretación análoga o extensiva que pretenda inaplicar, suspender, modificar o hacer nugatorios sus términos o su vigencia, ya sea de manera total o parcial.

Luego de un amplio debate, se avaló la propuesta de modificación del diputado Ricardo Monreal Ávila (Morena) para eliminar el concepto narcomenudeo y el delito de defraudación fiscal del catálogo de delitos graves, así como ampliar la hipótesis del delito de creación de drogas sintéticas y agregar los precursores y sustancias químicas esenciales para su elaboración, en especial del fentanilo y sus derivados.

El dictamen se avaló en lo general y en particular con las modificaciones aceptadas por el Pleno, por lo que se envió al Senado de la República para su trámite legislativo.


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