El pasado jueves 20 de octubre de 2022, la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión aprobó el dictamen que expide la Ley de Ingresos de la Federación para 2023. A través de ella, el Gobierno Federal prevé la obtención de 8 billones 299 mil 647 millones de pesos, no contempla nuevos impuestos ni aumentos a los vigentes.
El dictamen de Ley de Ingresos aprobado consta de tres capítulos, divididos en 27 artículos, así como 25 transitorios, en donde se prevé que para el ejercicio fiscal 2023 se obtendrán ingresos en cantidad de 4 billones 623 mil 583 millones de pesos por concepto de impuestos vigentes; 470 mil 845 millones de pesos corresponderán a cuotas y aportaciones de seguridad social; 34 millones de pesos se obtendrán de contribuciones de mejoras: 57 mil 193 millones de pesos corresponderán al pago de derechos federales, 6 mil 543 millones de pesos a productos y 173 mil 554 millones de pesos a aprovechamientos.
También, el dictamen considera como indicadores macroeconómicos una estimación en el crecimiento del Producto Interno Bruto (PIB) de 3% durante el ejercicio fiscal 2023. También prevé un tipo de cambio de 20.6 pesos mexicanos por dólar y una plataforma de producción de petróleo crudo en mil 872 barriles diarios por día, con una estimación del precio ponderado acumulado de barril de petróleo crudo de exportación de 68.7 dólares por barril.
La minuta menciona que el Ejecutivo Federal podrá contratar y ejercer créditos, empréstitos y otras formas del ejercicio del crédito público, incluso mediante la emisión de valores y para el financiamiento del Presupuesto de Egresos de la Federación por un monto de endeudamiento interno hasta por un billón 170 mil millones de pesos. También autoriza al Ejecutivo a obtener un monto de endeudamiento neto externo de hasta cinco mil 500 millones de dólares.
Como ya se había adelantado, la Ley de Ingresos para 2023 no prevé la creación de nuevos impuestos ni aumento a los existentes (atendiendo a los indicadores macroeconómicos), así como a las estimaciones de ingresos y gastos previstos en el Paquete Económico para el ejercicio fiscal 2023.
Se dispone la facultad expresa del Ejecutivo Federal para que, durante el ejercicio fiscal 2023, otorgue los beneficios fiscales que sean necesarios para dar debido cumplimiento a las resoluciones derivadas de la aplicación de mecanismos internacionales para la solución de controversias legales que determinen la violación a un tratado fiscal internacional.
La Minuta aprobada también establece una serie de estímulos fiscales en beneficio de determinados contribuyentes. El artículo 14, en sus fracciones IV, V, VI y VII, disponen que:
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- Se otorgará un estímulo fiscal a los contribuyentes que importen o adquieran diésel o biodiésel y sus mezclas para su consumo final y que sea para uso automotriz en vehículos que se destinen exclusivamente al transporte público o privado, de personas o de carga, así como el turístico. Consistirá en permitir el acreditamiento de un monto equivalente al impuesto especial sobre producción y servicios que las personas enajenen dichos combustibles y sus mezclas en territorio nacional causado. El monto que se podrá acreditar será el que resulte de multiplicar la cuota del IEPS que corresponda según el tipo de combustible en términos de lo dispuesto por el artículo 2º, fracción I, inciso d), numeral 1, subinciso c) o el numeral 2 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios con los ajustes que correspondan.
- Se otorgará un estímulo fiscal a los contribuyentes que se dediquen exclusivamente al transporte terrestre público o privado, de carga o de pasaje, así como turístico, que utilizan la Red Nacional de Autopistas de Cuota, que obtengan en el ejercicio fiscal en el que hagan uso de dicha infraestructura carretera, ingresos totales anuales para los efectos del impuesto sobre la renta menores a 300 millones de pesos. El estímulo consiste en permitir un acreditamiento de los gastos realizados en el pago de servicios por el uso de la infraestructura carretera respectiva hasta en un 50 por ciento del gasto total erogado por ese concepto.
- También se otorgará un estímulo fiscal a los adquirientes que utilicen los combustibles fósiles a que alude el artículo 2º, fracción I, inciso H) de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, en sus procesos productivos para la elaboración de otros bienes y que en su proceso no se destinen a la combustión. El estímulo consistirá en el igual al monto que resulte de multiplicar la cuota del impuesto especial sobre producción y servicios que corresponda, por la cantidad del combustible consumido en un mes que no se haya sometido a un proceso de combustión. Dicho monto podrá ser acreditado contra el impuesto sobre la renta causado en el ejercicio que tenga el contribuyente, correspondiente al mismo ejercicio en que se adquieran los combustibles a que se refirió anteriormente.
- Finalmente, también se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes titulares de concesiones y asignaciones mineras cuyos ingresos brutos totales anuales por venta o enajenación de minerales y sustancias a que refiere la Ley Minera sean menores a 50 millones de pesos. El estímulo consiste en permitir el acreditamiento del derecho especial sobre minería a que se refiere el artículo 268 de la Ley Federal de Derechos que haya n pagado en el ejercicio de que se trate.
Cabe destacar que, además, la Minuta aprobada actualiza la tasa de retención del impuesto sobre la renta a ingresos obtenidos por concepto de intereses que aplicarán las instituciones financieras durante el ejercicio. De conformidad con el artículo 21 de la Ley de Ingresos para 2023, los bancos, casas de bolsa y otras instituciones financieras tendrán que retener ahora una tasa del 0.15% del impuesto sobre la renta cuando hagan efectivo el pago a los contribuyentes los intereses por las inversiones efectuadas en sus instituciones. Se está ante un incremento de prácticamente el doble de la tasa de retención por este concepto, pues la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2022 prevé que la misma será por una tasa del 0.08%.
De las más de 400 reservas hechas al proyecto de decreto, sólo pasaron dos a discusión. Una de ellas fue la formulada por la diputada Martha Alicia Arreola, la cual adiciona un artículo vigésimo sexto transitorio en materia de regularización de autos usados de procedencia extranjera. Al presentar la reserva, la diputada explicó que el decreto por el que se fomenta la regularización de vehículos usados de procedencia extranjera, promulgado a principios de 2022, ha regularizado cerca de 600 mil unidades y que, según se desprende de datos emitidos por la Secretaría de Seguridad Pública y Protección Ciudadana, se han obtenido cuando menos mil 394 millones de pesos.
La otra reserva fue la formulada por el diputado Azael Santiago Chepi, la cual otorga un estímulo fiscal a las personas físicas y morales residentes en México que enajenan libros, periódicos y revistas, siempre y cuando sus ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido los 6 millones de pesos y que representen cuando menos el 90% de los ingresos totales del contribuyente.
Igualmente, el Pleno de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión aprobó en lo general el dictamen de la Ley Federal de Derechos para 2023. El documento aprobado fue remitido al Senado de la República para su discusión.
Dentro de los puntos a destacar, la minuta avalada establece un nuevo esquema para el cobro del derecho por el uso del espectro radioeléctrico, el cual se pagará anualmente por cada enlace y por megahertz concesionado. Igualmente, se agrega que las empresas que se dedican al blindaje de automóviles, deberán pagar en el próximo año, un nuevo derecho de 500 pesos por la autorizados de la constancia de autentificación, pues señala que este es un servicio demandado por las empresas de seguridad privada.
Además, prevé la adición de un inciso en la fracción III, del artículo 22, para establecer una cuota menor en favor de aquellas personas que soliciten los servicios de expedición de visas a través de medios electrónicos.
También agrega un párrafo al artículo 23 de la Ley Federal de Derechos para que los mexicanos que tramiten su testamento público abierto en una oficina consular en el extranjero, tendrán un descuento del 50% del monto del derecho establecido.
Por su parte, el Senado de la República tiene hasta el 31 de octubre de este año para aprobar tanto la Ley Federal de Derechos como la Ley de Ingresos de la Federación, ambas para el ejercicio fiscal 2023.