Sera posible timbrar los CFDI sin certificado de a través de ciertas aplicaciones.
El día de hoy el Servicio de Administración Tributaria publicó en su portal de versiones anticipadas, la Quinta resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2023 segunda versión anticipada -, en la cual informa al publico en general que se reforman los Transitorios Vigésimo Quinto, Vigésimo Sexto, primer párrafo y Vigésimo Séptimo, primer párrafo de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023. certificado
En dicha modificación se informa que los usuarios de las aplicaciones “Factura Fácil” y “Mi nómina”, podrían contar con la facilidad de sellar los CFDI sin la necesidad de contar con el certificado de e.firma o de un CSD hasta el 2 de octubre del presente año.
También se informa que los contribuyentes que opten por tributar en el Régimen Simplificado de Confianza, deberán contar con e.firma activa a más tardar el 02 de octubre de 2023.
Finalmente se informa a los contribuyentes personas físicas que opten por tributar en el Régimen Simplificado de Confianza, deberán contar con buzón tributario activo, de acuerdo a la regla 2.2.7., a más tardar el 02 de octubre de 2023.
Fuente: Servicio de Administración Tributaria
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