El día de hoy, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo mediante el cual se dan a conocer los cupos a la importación y la exportación de bienes textiles y prendas de vestir no originarios, susceptibles de recibir trato de preferencia arancelaria, conforme al Tratado de Libre Comercio de América del Norte.
Enseguida hacemos referencia a la información más relevante derivada del citado Acuerdo:
- Cupos de importación:
Productos | Monto | |
Procedentes de Canadá | Procedentes de los Estados Unidos de América |
|
Prendas de vestir de algodón o de fibras artificiales y sintéticas. | 6,000,000 MCE |
12,000,000 MCE |
Prendas de vestir de lana. | 250,000 MCE |
1,000,000 MCE |
Telas y bienes textiles confeccionados que no sean prendas de vestir de algodón o de fibras artificiales y sintéticas. | 7,000,000 MCE |
2,000,000 MCE |
Hilos de algodón o de fibras artificiales y sintéticas. | 1,000,000 KG |
1,000,000 KG |
- Cupos de exportación:
Productos | Monto | ||
Con destino a Canadá |
Con destino a los Estados Unidos de América | ||
Prendas de vestir de algodón o de fibras artificiales y sintéticas(TPL1). | 6,000,000 MCE |
45,000,000 MCE | |
Para el 2017, 4,583,724 MCE se asignarán mediante el mecanismo de asignación directa.* |
Para el 2017 40,416,276 MCE se asignarán mediante el mecanismo de asignación directa en la modalidad de Primero en tiempo, primero en derecho.* |
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Prendas de vestir de lana(TPL2). | 250,000 MCE |
1,500,000 MCE | |
Para el 2017, 490,618 MCE se asignarán mediante el mecanismo de asignación directa.* |
Para el 2017, 1,009,382 MCE se asignarán mediante el mecanismo de asignación directa en la modalidad de Primero en tiempo, primero en derecho.* |
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Telas y bienes textiles confeccionados que no sean prendas de vestir de algodón o de fibras artificiales y sintéticas. | 7,000,000 MCE |
24,000,000 MCE_1/ |
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Hilos de algodón o de fibras artificiales y sintéticas. | 1,000,000 KG |
1,000,000 KG |
MCE=Metros cuadrados equivalentes significa una unidad de medida común obtenida al convertir unidades primarias de medida como unidad, docena o kilogramo, utilizando los factores de conversión que figuran en el cuadro 3.1.3 del Anexo 300-B del Tratado de Libre Comercio de América del Norte.
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