En un importante paso hacia la regulación de las relaciones laborales dentro del ámbito digital, la Presidencia de la República, encabezada por Claudia Sheinbaum Pardo, ha promulgado un decreto que adiciona disposiciones a la Ley Federal del Trabajo (LFT). Estas modificaciones buscan establecer un marco normativo para el trabajo gestionado a través de plataformas digitales, reconociendo derechos laborales y definiendo obligaciones tanto para trabajadores como para las empresas que operan estas plataformas.

Principales Cambios en la Ley Federal del Trabajo

El decreto introduce un nuevo “Capítulo IX Bis” denominado “Trabajo en Plataformas Digitales”, el cual regula aspectos fundamentales de esta modalidad laboral. Entre las principales disposiciones destacan:

    • Reconocimiento de la Relación Laboral

Se establece que el trabajo en plataformas digitales constituye una relación laboral subordinada. Esto incluye a aquellos trabajadores que generan ingresos mensuales equivalentes a por lo menos un salario mínimo en la Ciudad de México.

    • Flexibilidad Laboral

El trabajo es considerado flexible y discontinuo, definiéndose como “tiempo efectivamente laborado” desde la aceptación de una tarea hasta su conclusión. Esto permite a los trabajadores determinar libremente sus horarios y desconectarse según sus necesidades.

    • Derechos y Obligaciones

Las personas trabajadoras en plataformas tendrán derecho a prestaciones como vacaciones, prima vacacional, aguinaldo y acceso al seguro social, en proporción al tiempo trabajado. Además, participarán en las utilidades de las empresas siempre que cumplan con un mínimo de 288 horas anuales laboradas.

    • Regulación de Algoritmos

Las empresas deben garantizar la transparencia en los algoritmos utilizados para asignar tareas y gestionar a los trabajadores. Estos sistemas de toma de decisiones deben ser razonables y no comprometer la salud o integridad de los empleados.

    • Contratos de Trabajo Digitales

La relación laboral deberá formalizarse mediante contratos digitales registrados ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral. Estos contratos incluirán detalles sobre las condiciones de trabajo, porcentajes de remuneración, políticas de supervisión, entre otros aspectos.

    • Terminación Automática de la Relación Laboral

Si el trabajador permanece inactivo durante 30 días consecutivos, se considerará terminada la relación laboral sin responsabilidad para el empleador.

Repercusiones para Empresas y Trabajadores

Con estas disposiciones, México da un paso significativo para abordar las complejidades del trabajo en plataformas digitales. Las empresas deben adaptarse a este nuevo marco legal, ajustando sus modelos operativos y garantizando el cumplimiento de las obligaciones laborales. Por otro lado, los trabajadores ganan reconocimiento y derechos, equilibrando las condiciones de trabajo en este sector emergente.

No obstante, persisten desafíos en la implementación de estas medidas. El cálculo del salario, la supervisión de algoritmos y la fiscalización del cumplimiento serán puntos clave para garantizar la efectividad de estas reformas.

Hacia un Futuro de Regulación Digital

El decreto marca un avance en la búsqueda de condiciones laborales más justas en un entorno cada vez más influenciado por la tecnología. Al regular el trabajo en plataformas digitales, se reconoce la importancia de proteger a los trabajadores sin comprometer la innovación y la flexibilidad inherentes a este modelo.

Con este marco legal, México se posiciona como uno de los países pioneros en la regulación del trabajo digital, sentando las bases para el desarrollo sostenible de este sector en constante crecimiento.

El presente Decreto entrará en vigor 180 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación

Fuente: Diario Oficial de la Federación

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5746132&fecha=24/12/2024#gsc.tab=0

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