El 5 de marzo de 2025, la Secretaría de Economía publicó una resolución mediante la cual se acepta la solicitud presentada por las empresas mexicanas INDALUM, S.A. de C.V. y CUPRUM, S.A. de C.V., para iniciar un procedimiento administrativo de investigación antidumping relacionado con las importaciones de perfiles y barras de aluminio originarias de la República Popular China. Esta medida busca determinar si dichas importaciones han ingresado al mercado nacional en condiciones de discriminación de precios, causando daño a la industria local.
El producto objeto de esta investigación son los perfiles no huecos o sólidos de aluminio y las barras de aluminio, de cualquier dimensión, forma o acabado (como pintura o anodizado). Estos productos son ampliamente utilizados en aplicaciones arquitectónicas, como la fabricación de puertas, ventanas y otras estructuras.
Según lo indicado por las empresas solicitantes, estos productos pueden ser aleados o sin alear, destacando que los principales elementos de aleación en los productos investigados pertenecen a la serie 6000, compuesta principalmente de silicio y magnesio. También se reconoce la existencia de productos de la serie 1000, conocidos como “no aleados” debido a su alto contenido de aluminio (99% o más), aunque técnicamente también contienen aleaciones.
Las importaciones de estos productos ingresan al mercado mexicano bajo las siguientes fracciones arancelarias de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), todas con el Número de Identificación Comercial (NICO) 00:
- 7604.10.02
- 7604.10.99
- 7604.29.01
- 7604.29.02
- 7604.29.99
La Secretaría de Economía ha establecido dos periodos clave para la investigación:
- Periodo investigado: Del 1 de julio de 2023 al 30 de junio de 2024.
- Periodo de análisis de daño: Del 1 de julio de 2021 al 30 de junio de 2024.
Estos lapsos permitirán evaluar el volumen, precios y condiciones de las importaciones, así como su impacto en la industria nacional.
La resolución entrará en vigor el 6 de marzo de 2025, un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Durante este proceso, productores nacionales, importadores, exportadores y otras partes interesadas tendrán la oportunidad de participar. Se otorga un plazo de 23 días hábiles para que las partes acrediten su interés jurídico y presenten argumentos, pruebas y respuestas a los formularios correspondientes.
Para facilitar la participación, la Secretaría de Economía ha habilitado canales electrónicos y físicos para la entrega de información. Los formularios pueden obtenerse a través de la página oficial de la Secretaría o solicitarse vía correo electrónico.
INDALUM y CUPRUM, las empresas solicitantes, argumentaron que las importaciones de perfiles y barras de aluminio provenientes de China han ingresado al mercado mexicano en volúmenes significativos y bajo condiciones de discriminación de precios, afectando negativamente a la industria nacional. Según las empresas, los precios considerablemente bajos de estas importaciones han causado un impacto adverso en la capacidad de competir de los productores locales.
La investigación abarca tanto las importaciones definitivas como temporales, independientemente del país de procedencia. Además, la Secretaría podrá aplicar cuotas compensatorias definitivas a los productos declarados a consumo hasta 90 días antes de la fecha de aplicación de medidas provisionales, en caso de que estas se determinen.
Además de las empresas solicitantes, otros productores nacionales, importadores, exportadores y el gobierno chino podrían tener interés en participar en el procedimiento. La embajada de China en México será notificada para informar a sus respectivos productores y exportadores.
Fuente: Diario Oficial de la Federación
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5750993&fecha=05/03/2025#gsc.tab=0
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