La Secretaría de Economía de México ha concluido el procedimiento administrativo de investigación antidumping relacionado con las importaciones de varillas de acero roscadas originarias de la República Popular China. La investigación, solicitada por Clavos Nacionales México, S.A. de C.V. y Clavos Nacionales CN, S.A. de C.V., buscaba evaluar prácticas desleales de comercio internacional en forma de discriminación de precios.

El procedimiento comenzó con una solicitud formal presentada el 24 de mayo de 2023, donde las empresas Clavos México y Clavos CN destacaron el impacto negativo de las importaciones de varillas de acero roscadas de China en el mercado nacional. Estas varillas, hechas de acero al bajo, medio carbón o aleado sin templar, son conocidas por diversos nombres comerciales como barras roscadas de acero, espárragos roscados y pernos sin cabeza. La investigación se centró en varillas con diámetros entre 6.4 mm y 38.1 mm, y longitudes a partir de 152.4 mm. Actualmente, el producto objeto de investigación ingresa al mercado nacional a través de las fracciones arancelaria; 7318.15.99, con Número de Identificación Comercial, en adelante NICO, 06 y 08, y 7318.19.99 NICO 99 de la TIGIE.

La Secretaría de Economía aceptó la solicitud y, el 9 de junio de 2023, publicó en el Diario Oficial de la Federación la resolución que marcó el inicio formal de la investigación. El período de análisis abarcó desde el 1 de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2022, examinando tanto el daño como la discriminación de precios.

Durante la investigación, se determinó que las importaciones de varillas de acero roscadas provenientes de China habían sido objeto de dumping, afectando negativamente la producción nacional. Esto llevó a la Secretaría a imponer cuotas compensatorias provisionales a ciertas empresas exportadoras chinas.

Las varillas de acero bajo investigación se caracterizan por su forma cilíndrica, dimensiones específicas y acabados que varían desde el negro hasta galvanizados en caliente. Además, deben cumplir con las normas ASME B1.1 2003 (R2008) en cuanto a roscado y dimensiones.

El 22 de diciembre de 2023, la Secretaría emitió la Resolución Preliminar, la cual confirmó la continuación del procedimiento y la imposición de cuotas compensatorias provisionales. Finalmente, la resolución final determinó las siguientes cuotas compensatorias definitivas:

  • 02% para importaciones de la empresa Chinafar.
  • 17% para importaciones de empresas como Haiyan Wandefu Precision Hardware, Lianyungang Xincheng Hardware, Jiaxing Longyu Machinery, y Zhejiang Junyue Standard Part.
  • 22% para las demás empresas exportadoras chinas.

Estas cuotas se aplican al valor en aduana declarado en los pedimentos de importación y son responsabilidad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para su implementación en todo el territorio nacional.

El procedimiento se da por concluido con la imposición de estas medidas definitivas, las cuales entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Los importadores podrán evitar el pago de las cuotas si demuestran que el origen de las mercancías es distinto de China, según lo estipulado en las normas para la determinación del país de origen.

Fuente: Diario Oficial de la Federación

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5735853&fecha=13/08/2024#gsc.tab=0

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