La Secretaría de Economía ha logrado una importante victoria para el Estado mexicano en el arbitraje iniciado en 2018 por un grupo de inversionistas de Integradora de Servicios Petroleros Oro Negro, S.A.P.I. de C.V. (Oro Negro). Esta empresa, a través de una filial, alquiló plataformas marinas para la extracción de petróleo a Petróleos Mexicanos (Pemex) entre los años 2013 y 2017.
El 19 de agosto de 2024, el Tribunal Arbitral, establecido bajo las disposiciones del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), resolvió de manera unánime a favor de México al declarar que no tenía jurisdicción para atender las reclamaciones presentadas por los inversionistas, desestimando así el caso en su totalidad. Además, el Tribunal ordenó que los demandantes paguen a México aproximadamente 400 mil dólares en concepto de costos del arbitraje.
El caso, conocido como “Alicia Grace y otros” o “Oro Negro”, fue administrado por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), una entidad del Banco Mundial. En este caso, los demandantes reclamaban más de 270 millones de dólares en contra de México.
México fue representado en este arbitraje por funcionarios de la Dirección General de Consultoría Jurídica de Comercio Internacional de la Subsecretaría de Comercio Exterior, con el apoyo de las firmas legales Pillsbury Winthrop Shaw Pittman LLP y Tereposky & DeRose LLP. También contaron con el respaldo institucional de Pemex a lo largo del proceso.
Este resultado marca un logro significativo para México y establece un valioso precedente en el ámbito del arbitraje de inversión. El Tribunal determinó que no tenía jurisdicción para resolver un caso en el que individuos con doble nacionalidad, con predominancia y efectividad de la mexicana, presentaron reclamaciones en contra de su propio país. Asimismo, concluyó que varios demandantes no tenían la legitimidad necesaria para presentar sus reclamaciones conforme al TLCAN.
Actualmente, el laudo está siendo revisado para identificar cualquier información confidencial antes de su publicación en la página oficial del CIADI.
Fuente: Secretaría de Economía
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