En una destacada decisión que promete impulsar aún más las relaciones comerciales entre México y Colombia, se ha adoptado la Decisión No. 119 por la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia. Esta medida, adoptada el 27 de mayo de 2024, busca otorgar una dispensa temporal para la utilización de ciertos materiales producidos fuera de la zona de libre comercio, permitiendo así que determinados bienes textiles y del vestido reciban trato arancelario preferencial.

La base jurídica de esta decisión se encuentra en diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley de Comercio Exterior, y el Reglamento Interior de la Secretaría de Economía. Además, se toma en cuenta el Tratado de Libre Comercio entre México y Colombia, el cual ha sido un pilar fundamental para las relaciones comerciales bilaterales desde su entrada en vigor el 1 de enero de 1995.

El tratado original, que también incluía a Venezuela, sufrió modificaciones significativas tras la salida de este país en 1994. Desde entonces, México y Colombia han trabajado en conjunto para adaptar y fortalecer el tratado, asegurando así su relevancia y efectividad en el contexto económico actual. La Comisión Administradora del Tratado y el Comité de Integración Regional de Insumos (CIRI) desempeñan un papel crucial en la evaluación y aprobación de medidas que beneficien a ambos países.

La Decisión No. 119, adoptada con base en un dictamen del CIRI presentado el 20 de mayo de 2024, extiende la dispensa temporal previamente establecida en las Decisiones No. 114 y No. 111. Esta prórroga, vigente del 2 de julio de 2024 al 1 de julio de 2025, permitirá la utilización de materiales específicos producidos fuera de la zona de libre comercio en la manufactura de bienes textiles y del vestido en Colombia, garantizando que estos productos puedan beneficiarse de aranceles preferenciales.

Entre los bienes textiles cubiertos por esta dispensa se encuentran hilados de filamentos sintéticos y otros materiales detallados en las Tablas I y II del acuerdo. Estos materiales, clasificados bajo subpartidas específicas del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, cumplen con los requisitos necesarios para recibir trato arancelario preferencial bajo el tratado.

El acuerdo establece mecanismos claros de verificación y certificación, asegurando que los bienes beneficiados cumplan con las normas de origen y demás condiciones aplicables. Además, se permiten solicitudes de prórroga o aumento de los montos determinados para los materiales descritos, sujetas a aprobación conforme al Tratado y el Reglamento de Operación del CIRI.

La adopción de la Decisión No. 119 representa un paso significativo en el fortalecimiento de la cooperación económica entre México y Colombia. Al facilitar el comercio de bienes textiles, esta medida no solo beneficia a los productores y exportadores de ambos países, sino que también refuerza la integración económica regional, creando nuevas oportunidades de negocio y fomentando un desarrollo económico sostenible.

Este acuerdo, al entrar en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, demuestra el compromiso continuo de México y Colombia por mantener y mejorar sus relaciones comerciales, adaptándose a las necesidades y desafíos actuales del comercio internacional.

Los productos beneficiados son los siguientes:

5402.33.00.00

Hilados de filamentos sintéticos (excepto el hilo de coser) de poliéster.

Detalle: Poliéster 50 Dr, Dx 144, Poliéster 100% Texturizado, Semi-Mate, crudo, apto para urdir.

Cantidad: 11,250 kilogramos netos.

5402.45.00.00

Hilados de filamentos sintéticos (excepto el hilo de coser) de poliamida.

Detalle: Poliamida 6,55 Dx, 13 filamentos, 1 cabo, 100% Poliamida, Rígido, UltraMate, beige, negro, azul, blanco y rojo, teñido en masa.

Cantidad: 2,625 kilogramos netos.

5402.31.00.00

Hilados de filamentos sintéticos (excepto el hilo de coser) de nailon o demás poliamidas.

Detalle: Poliamida 6.6, título en decitex: 44, 34 filamentos, lustre ultramate, color crudo, texturizado, reciclado, torsión S y Z.

Cantidad: 12,000 kilogramos netos.

5402.44.00.10

Hilados de filamentos sintéticos (excepto el hilo de coser) de elastómeros.

Detalle: Elastan de título 60, 4 filamentos, 1 cabo, 100% elastan semibrillante, crudo, redondo, clororesistente.

Cantidad: 14,400 kilogramos netos.

Fuente: Diario Oficial de la Federación

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5731908&fecha=01/07/2024#gsc.tab=0

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