El día de hoy 20 de junio de 2024, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Listado global de presunción de contribuyentes que se ubican en el supuesto del artículo 69-B, párrafo tercero del Código Fiscal de la Federación.

Respecto a esto, la Administración Central de Fiscalización Estratégica, adscrita a la Administración General de Auditoría Fiscal Federal del Servicio de Administración Tributaria, identifica a los contribuyentes que emiten comprobantes fiscales sin contar con los activos, personal, infraestructura o capacidad material para prestar los servicios o producir, comercializar o entregar los bienes que amparan tales comprobantes de acuerdo al artículo 69-B, párrafo tercero.

Por lo que, una vez detectado por parte de la autoridad la emisión de estos comprobantes fiscales la autoridad tiene la obligación de notificar al contribuyente mediante un oficio en cual se le informan las irregularidad  y así mismo se les otorga al contribuyente un plazo de quince días hábiles contados a partir de la última de las notificaciones antes efectuadas, para que realizaran las manifestaciones y aportaran las pruebas que consideraran pertinentes para desvirtuar los hechos dados a conocer mediante los citados oficio.

A continuación, en la siguiente tabla se enlistan los contribuyentes a los Anexo 1 del oficio número 500-05-2024-12710 de fecha 28 de mayo de 2024, correspondiente a contribuyentes que SÍ aportaron argumentos y/o pruebas, pero NO desvirtuaron el motivo por el que se les notificó el oficio de presunción, motivo por el cual, se actualizó DEFINITIVAMENTE la situación a que se refiere el primer párrafo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

Apartado A.- Notificación del OFICIO DE PRESUNCIÓN conforme a los párrafos primero y segundo del artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, en relación con el artículo 69 de su Reglamento.

 

  R.F.C. Nombre,
denominación o
razón social del
Contribuyente
Número y
fecha de oficio
individual de
presunción
Autoridad
emisora del
oficio individual
de presunción
Medio de notificación al contribuyente
Estrados de la autoridad Notificación personal Notificación por Buzón
Tributario
Fecha de
fijación en
los estrados
de la
Autoridad
Fiscal
Fecha en
que surtió
efectos la
notificación
Fecha de
notificación
Fecha en
que surtió
efectos la
notificación
Fecha de
notificación
Fecha en
que surtió
efectos la
notificación
1 RGA111103QB5 RIVAS, GUERRERO
ASESORES, S.C.
500-42-00-08-
00-2017-07183
de fecha 31 de
octubre de 2017
Administración
Desconcentrada
de Auditoría Fiscal
de Nuevo León “2”
12 de enero
de 2018
07 de febrero
de 2018
       

 

Fuente: Diario Oficial de la Federación

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5730992&fecha=20/06/2024#gsc.tab=0

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