A partir del 28 de marzo de 2024, el Aeropuerto Internacional de Tulum ha puesto en marcha un innovador “Nuevo Modelo de Atención a Pasajeros Internacionales”. Este modelo, dependiente de la Aduana de Cancún, se implementará de manera gradual en las aduanas del país, conforme a las adecuaciones que realicen los Grupos Aeroportuarios. Su objetivo es facilitar y agilizar los procesos aduaneros para los pasajeros internacionales, en línea con la Regla General de Comercio Exterior 3.2.6.
La nueva normativa establece procedimientos claros y simplificados para el despacho aduanero, aplicables a pasajeros que ingresan al territorio nacional por vía terrestre, aérea o marítima:
Pasajeros con solo equipaje y franquicia deben dirigirse al carril “nada que declarar” sin necesidad de presentar el formato D2 ni activar el mecanismo de selección automatizado.
Pasajeros con mercancía adicional deben usar el carril “Auto declaración” y pagar las contribuciones describiendo la mercancía, nuevamente sin necesidad del formato D2 o la activación del mecanismo de selección automatizado.
Cantidades superiores a 10,000 dólares deben declararse mediante el formato D4 para efectivo, cheques, órdenes de pago u otros documentos por cobrar.
Este nuevo modelo cuenta con un sólido sistema de inspección y revisión que utiliza tecnología avanzada para asegurar el cumplimiento de las normativas aduaneras. Las autoridades aduaneras mantendrán sus facultades de vigilancia y control para detectar y sancionar cualquier irregularidad en la entrada y salida de mercancías del territorio nacional.
La implementación del modelo en el Aeropuerto Internacional de Tulum es el primer paso en un plan más amplio que se extenderá a otras aduanas del país. La Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) actualizará su portal con información relevante para que los pasajeros estén bien informados y se adhieran a las disposiciones vigentes. Próximamente, se publicará una actualización del “Nuevo Modelo de Atención a Pasajeros Internacionales en Aeropuertos”, que permanecerá vigente hasta nuevas modificaciones en el procedimiento o la normativa.
Fuente: ANAM
https://anam.gob.mx/boletin-11-2024/
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