El día de hoy, 6 de enero de 2025, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la publicación de los Anexos 10, 22 y 27 de las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para 2025, que previamente habían sido dadas a conocer el pasado 30 de diciembre de 2024. Estos anexos son herramientas clave para el cumplimiento normativo y la correcta ejecución de operaciones de comercio exterior en México, abordando temas relacionados con padrones específicos, el llenado de pedimentos y exenciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
Anexo 10: Mercancías sujetas a inscripción en padrones sectoriales
El Anexo 10 detalla las mercancías que requieren inscripción en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos o en el Padrón de Exportadores Sectorial. Este instrumento regula qué tipos de bienes están sujetos a controles adicionales para garantizar la legalidad de las operaciones y prevenir prácticas indebidas. La actualización de este anexo busca reforzar la trazabilidad de las mercancías y fortalecer la supervisión aduanera en sectores estratégicos.
Anexo 22: Instructivo para el llenado del pedimento
El Anexo 22 proporciona el instructivo detallado para el llenado correcto del pedimento, un documento esencial en cualquier operación de importación o exportación. Este anexo incluye lineamientos actualizados que facilitan la estandarización de la información presentada ante la autoridad aduanera, promoviendo mayor claridad y eficiencia en los procesos de despacho aduanero.
Anexo 27: Exención de IVA para ciertas fracciones arancelarias
El Anexo 27 contiene el listado de fracciones arancelarias conforme a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y Exportación (TIGIE) y la Nomenclatura de Identificación Comercial (NICO), cuya importación no está sujeta al pago del IVA. Esta disposición busca promover la competitividad de ciertos productos estratégicos y facilitar su acceso en el mercado nacional, incentivando a su vez el desarrollo económico en sectores prioritarios.
Fuente: Diario Oficial de la Federación
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5746745&fecha=07/01/2025#gsc.tab=0
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