Tenencia, transporte o manejo de las mercancías para las empresas de la industria automotriz terminal o manufactureras.

El día 24 de agosto se publicó en el portal del SAT el boletín núm. 004, en el cual se hace referencia a la tenencia, transporte o manejo de las mercancías para las empresas de la industria automotriz terminal o manufactureras de vehículos de autotransporte.

Alcances de la regla 4.5.31., fracción III de la RGCE Unidades de prueba.

La regla 4.5.31., fracción III de las RGCE establece que podrán destinar a depósito fiscal unidades prototipo, de prueba o para estudio de mercado, declarando e cada pedimento que se formule, el identificador que corresponda.

Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 146 de la Ley, la tenencia, transporte o manejo de las mercancías podrá ampararse con copia certificada del pedimento de introducción a deposito fiscal. Las empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de transporte, podrán transferir el uso de las unidades de prueba introducidas al territorio nacional bajo el régimen de depósito fiscal a empresas que lleven a cabo las pruebas de funcionalidad técnica, mecánica y de durabilidad de las unidades, siempre que celebren contratos de comodato con dichas empresas y las unidades sean amparadas en todo momento con copia certificada del contrato de comodato y del pedimento de introducción a deposito fiscal.

Al tratarse de unidades prototipo, de prueba o para estudio de mercado y más aún si se les pueden realizar pruebas de funcionalidad técnica, mecánica y de durabilidad de las unidades, podrán circular en las vías públicas, lo cual se refiere fuera de las instalaciones de las empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte. Esto siempre y cuando se cumpla con el requisito que establece la regla 4.5.31. fracción III, contar con copia simple del pedimento para poder acreditar la tenencia, transporte o manejo de las mercancías, así como también de la copia simple del contrato de comodato, según corresponda.

 


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