Facultades de comprobación que tiene el SAT para emitir actos de fiscalización.

La recaudación de ingresos en México es de relevante importancia para contribuir al gasto público que el gobierno realiza para llevar a cabo sus proyectos, planes y programas establecidos, así como financiar las necesidades del país en los temas de educación pública, obras públicas, servicios públicos de salud, construcción de infraestructuras, etc.

El Gobierno de México recauda los ingresos públicos a través del cobro de los impuestos federales y estatales, derechos, multas, programas de inversión y préstamos, y quien tiene la facultad para realizarlo es el Servicio de Administración Tributaria a través de sus Administraciones Desconcentradas del País.

Dado que en la Reforma Fiscal del ejercicio 2023 no hubo novedades fiscales que repercutieran en el aumento de impuestos federales y estatales, la Autoridad Fiscal informo que se recaudarán ingresos por los actos de fiscalización, es decir emitiendo auditorías a mayor número de contribuyentes, personas físicas y personas morales.

La Autoridad Fiscal recauda los tributos derivados de impuestos federales y estatales, y a través de mecanismos y estrategias emite acciones a realizar denominadas “Actos de Fiscalización”, mejor conocidas por los contribuyentes como revisión de contabilidad o Auditorías emitidas.

Los sujetos fiscalizados son los contribuyentes “personas físicas y personas morales”, las entidades públicas, entidades federativas, los municipios y las Alcaldías de la ciudad de México.

1. Aspectos relevantes de los Actos de Fiscalización.

La Autoridad fiscal tiene la facultad de emitir los actos de fiscalización, es quien estudia y analiza el comportamiento fiscal de los contribuyentes a través de la información de la base de datos que obra en su poder y de acuerdo a las inconsistencias conocidas por la autoridad son los actos de fiscalización que se les emite a los contribuyentes, cabe precisar que la información que maneja la Autoridad es de forma discreta y confidencial.

Una vez realizado el análisis del comportamiento fiscal de los contribuyentes y que se conocen las inconsistencias se le da el nombre de antecedente de programación, una vez aprobado por el Titular de la Autoridad se procede a elaborar el oficio de la orden de inicio de facultades de comprobación que se le va a notificar al contribuyente en tiempo y forma, el cual y con fundamento en el artículo 38 del Código Fiscal de la Federación, debe contener estrictamente los siguientes requisitos:

    • Constar escrito en documento impreso o digital.
    • Indicar la Autoridad que lo emite.
    • Indicar lugar y fecha de emisión.
    • Indicar el objeto que tiene en realizar el presente acto, señalando fundamentación y motivación.
    • Deberá estar firmado por el funcionario competente con la firma electrónica avanzada.
    • Indicar el nombre del contribuyente a quien se dirige.
    • Información y/o documentación que se le solicita al contribuyente, con el fin de desvirtuar lo observado por la Autoridad.
    • Plazo que tiene el contribuyente para presentar la información.
    • Lugar, horario y domicilio en donde presente la información y /o documentación.
    • Acciones que realiza la Autoridad Fiscal con la finalidad de incrementar la recaudación.
    • Reducción del pago determinado en el crédito fiscal.
    • Facilidades de pago de sus impuestos.
    • Incentiva a los contribuyentes omisos en el pago de sus impuestos, mediante cartas invitación.
    • Establece medidas de acción para la recuperación de créditos fiscales.
    • Combate los esquemas de evasión fiscal respecto a EFOS y EDOS.
    • Invierte en operativos carreteros y almacenes para combatir el contrabando, complemento Carta Porte para validar el debido cumplimiento de obligaciones fiscales por aquellos contribuyentes que mueven las mercancías, posibles infracciones y delitos relacionados con el ingreso, estancia o tenencia de mercancía de procedencia extranjera.
    • Analiza a detalle a los contribuyentes que solicitan saldos a favor improcedentes y tasa 0% no objeto y de importación temporal.
    • Analiza los esquemas de pagos de pensiones, exentos de nómina.
    • Revisa a las empresas con simulación de prestación de servicios especializados, que cumplan la materialidad para acreditar realmente se efectuó la operación.
    • Incrementar los Actos de fiscalización en comercio exterior debido a su exitosa recaudación en el ejercicio 2022

 

2. Actos de Fiscalización

Con fundamento en el artículo 42 la Autoridad tiene la Facultad de emitir los siguientes actos de fiscalización:

    • Visitas domiciliarias
    • Revisiones de Gabinete
    • Rectificar errores en las declaraciones y solicitudes
    • Revisiones electrónicas
    • Revisiones de Artículo 22
    • Revisiones de Dictámenes
    • Revisión de la Contabilidad
    • Revisión al cumplimiento de las obligaciones fiscales en los temas:

 

Visitas domiciliarias

La Auditoría de nombre Visitas Domiciliarias tiene como característica muy particular que el acto de fiscalización o la revisión de la contabilidad se lleva a cabo en el domicilio fiscal que el contribuyente tiene registrado ante el Servicio de Administración Tributaria en su constancia de situación fiscal ya sea un establecimiento o local comercial.

Para iniciar el procedimiento de fiscalización el auditor fiscal asiste al domicilio fiscal a notificarle el oficio que contiene la orden de inicio con los requisitos señalados en el artículo 38 del Código Fiscal de la Federación, al Representante legal de la empresa o a la persona física, y en caso de que no localizarlos dejará citatorio en el domicilio del contribuyente para que se notifique al día siguiente al Representante Legal y/o persona física en su caso o con la persona que atienda la diligencia, de conformidad con el artículo 135 del Código Fiscal de la Federación.

El plazo que tiene la Autoridad para concluir la Auditoría emitida bajo el concepto de visitas domiciliarias que se desarrolla dentro del domicilio del contribuyente deberá concluir en un plazo máximo de 12 meses y cuenta a partir de que se le notifica al contribuyente el oficio del acto de fiscalización de con fundamento en el 46-A.

Revisiones de Gabinete

Como principal característica se realiza en las oficinas de la Autoridad Fiscal, se le notifica al contribuyente la solicitud de información y la contabilidad por medio de buzón tributario y en la misma solicitud se establece el lugar y plazo para aportar lo solicitado.

Rectificar errores en las declaraciones y solicitudes.

De la información que obra en la base de datos del SAT se detectan errores e inconsistencias respecto a las declaraciones y de las cuales se le solicita información al contribuyente para desvirtuar las inconsistencias conocidas, si nos las aprueba se le emite la resolución de pago.

Revisiones electrónicas

Tiene como particularidad que la revisión se realiza a través de medios electrónicos desde el inicio hasta el final del procedimiento, se analiza por lo general de uno o más renglón o algún concepto específico, el Servicio de Administración Tributaria lo denomina como revisiones rápidas.

Revisiones de Artículo 22

El origen de este procedimiento proviene las solicitudes de devolución que solicita el contribuyente al fisco federal y dentro de su análisis y estudio detonan varias inconsistencias entre otras, proveedores con mal comportamiento fiscal, no existe congruencia en los conceptos de los CFDI con la actividad registrada en su constancia de situación fiscal, por lo que la Autoridad emite este tipo de actos para analizar a detalle las operaciones presuntamente inexistentes.

Revisiones de Dictámenes

Se revisan el Dictamen Fiscal elaborado por el Contador público, así como verifica la fecha de presentación que tiene hasta el 15 de mayo de 2023 y no incurra en las siguientes infracciones:

    • Pagar una multa de 15 mil pesos hasta los 154 mil pesos depende el supuesto
    • Riesgo de la suspensión temporal del certificado del sello digital
    • Aplicar las Sanciones consistentes en:
    • Amonestación
    • Suspensión
    • Cancelación del registro del contador público inscrito.

 

Revisión de la Contabilidad

El lugar en donde se le emite el oficio que contiene la solicitud de información, puede ser en el domicilio del contribuyente, buzón tributario o en la oficina de la autoridad.

Revisión al cumplimiento de las obligaciones fiscales en los temas:

    • Inconsistencias en la expedición de CFDI.
    • Operación de máquinas, sistemas y registros electrónicos.
    • Que los recipientes de bebidas alcohólicas contengan el marbete correspondiente a lo señalado en las disposiciones fiscales.

 

3. Conclusión

En los cambios fiscales para el ejercicio 2023 no se aumentaron los impuestos federales y estatales para recaudar cifras que contribuyan al gasto público del país, sin embargo, el Servicio de Administración Tributaria señalo que emitirá mayor número de actos de fiscalización a los contribuyentes personas físicas y morales.

El día 13 de junio de 2023 el Servicio de Administración Tributaria informo que al 31 de mayo de 2023 se recaudó un incremento de $171,945 millones de pesos con respecto al mismo periodo de 2022, y un crecimiento real de 2.7%, por lo que considera que a la fecha es buen resultado.

En el ejercicio 2022 se recaudó 188 mil 821 millones de pesos de los cuales 64 mil 179 millones de pesos correspondieron a actos de fiscalización de comercio exterior, por lo que la Autoridad profundizara sus actos de fiscalización en temas de comercio exterior en los sectores Automotriz, acero, textil y confección, electrónicos, vinos y licores, vehículos usados, hidrocarburos, esquemas con impacto fiscal y seguimiento puntual a contribuyentes que operan bajo autorizaciones, certificaciones o programas de fomento al comercio exterior como IMMEX, PROSEC, OEA, IVA y el IEPS.

El resultado que se obtiene en cualquier procedimiento de Fiscalización, deriva principalmente de las estrategias que se implementan para su atención, en STRATEGO hemos acompañado en la atención de este tipo de procedimientos a lo largo de más de 12 años a empresas de diversos sectores en la atención exitosa de Auditorías en materia Fiscal y de Comercio Exterior, obteniendo resultados favorables en la etapa administrativa.

Con una experiencia extensa, Stratego se destaca en el ámbito de las Facultades de Comprobación que el SAT posee para la emisión de actos de fiscalización. Nuestro profundo conocimiento en este campo garantiza que las acciones de fiscalización sean abordadas con precisión y destreza, reafirmando su posición como un referente en esta materia.


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